Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de febrero de 2014, por el abogado MARCOS DE JESÚS CHANDLER, actuando como apoderado judicial de la parte actora, en el juicio de Cobro de Honorarios Profesionales, seguido por el ciudadano JORGEN CESAR CHINCHILLA ARAQUE, contra la sociedad mercantil TABLEROS INDUSTRIALES, C.A. (TABLICA).
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 11 de febrero de 2014, en el sentido que:
- Se declara CON LUGAR la demanda de cobro de honorarios profesionales intentada por el ciudadano JORGEN CÉSAR CHINCHILLA ARAQUE, contra la Sociedad Mercantil TABLEROS I.....