DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo en funciones de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA MISMA, a favor del penado: ATILIO RAMÓN CAMPOS CARIDAD, venezolano, mayor de edad, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad N° V-16.493.279, hijo de Atilio Campos y Lisbeth Caridad, residenciado en Sierra Maestra, avenida N° 15 con calle 8A, casa N° 15A-14, al lado del Colegio "Josefina Acosta", Municipio San Francisco, Estado Zulia; quien fue sentenciado a cumplir la pena de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, donde resultó víctima el ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en .....