DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la demanda que por Prestaciones Sociales, sigue la ciudadana MILAGROS DEL VALLE FLORES ORDOÑEZ, en contra de la Asociación Cooperativa ÉXITO SEGURO, R.L.-
SEGUNDO: Se Condena a la parte demandada Asociación Cooperativa ÉXITO SEGURO, R.L., a cancelar a la ciudadana MILAGROS DEL VALLE FLORES ORDOÑEZ, la cantidad de CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS BOLÍVARES CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (Bs. 41.236,18), por los conceptos indicados en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: Se ordena el pago de los intereses moratorios desde la fecha de terminación de la relación de trabajo (09/12/2011) y la indexación, sobre las cantidades condenadas a pagar de acuerdo a los lineamient.....