Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1°.- LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el Juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA, ha intentado la ciudadana MARIA TERESA URDANETA URDANETA contra de ALI DE JESUS GONZALEZ OMAÑA, a favor de la menor ARIANNI BAELBIS GONZALEZ URDANETA, por inactividad de las partes durante un lapso superior al año previsto en el acápite del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, en cuanto a la Medida de Embargo decretada en el presente juicio, este Tribunal garantista de la prioridad absoluta que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en el Artículo 78 ordena mantener la medida sobre las Prestaciones Sociales del demandado, por el lapso.....