Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y COBRO DE BOLÍVARES, intentara la ciudadana LISBETH VILLASMIL PIMENTEL, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 7.887.954, mediante su apoderado judicial, abogado JUAN GONZALEZ BOSCAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.868, en contra de la ciudadana ESNY GREGORIA LIZARDO DE REYES, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 7.732.780; en consecuencia, se homologa el presente acto y se le da el carácter de cosa Juzgada. Asimismo, se declara terminado el presente Juicio y una vez que conste en las actas procesales la expedición de .....