Declara:
PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente procedimiento de Inquisición de Paternidad, incoado por la ciudadana Yanis Karina Guerra Rangel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 22.168.240, en contra del ciudadano Edinson Antonio Oviedo Gutiérrez, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E- 83.258.168, en relación con la niña (identidad omitida, artículo 65 LOPNNA).
No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del proceso.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Maracaibo, en la ciudad de Maracaibo, a los tres (03) días del mes de noviembre de 2014. Año 205° de la Independencia y 155º de la Federación.