este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio NO tiene materia sobre la cual decidir; en virtud de la revisión minuciosa de las actas procesales que conforman la presente causa se evidencia que desde el 27 de Junio de 2011, fecha de entrada de la presente causa a este Tribunal de Juicio con competencia en los delitos de Violencia contra la Mujer, hasta el 31 de Octubre de 2011, solo ha tenido dos diferimientos el primero por la incomparecencia del acusado y su Defensor Privado, de quienes no constaba las resultas en la causa, el segundo de fecha 16 de septiembre de 2011, por el receso judicial, en fecha 31 de Octubre de 2011, se encontraba fijada la Audiencia Oral y Publico, y este Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, se encontraba constituido en la continuación del asunto NP01-P-2009-00835, siendo diferida para el Lunes 21 de Noviembre de 2011, a las 02:50 de la tarde, fecha ésta t.....