DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
1. Se ordena suspender la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada en fecha siete (07) de julio del año dos mil (2000), sobre el inmueble propiedad de la demandada situado en la calle 89, con nomenclatura Municipal N° 19-27, del Barrio Primero de Mayo, en jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá de esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, según consta de documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Maracaibo, en fecha 12 de febrero de 1992, bajo el N° 39, Tomo 11, Protocolo 1.
2. Se ordena oficiar al Registrador Subalterno del Segundo Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, una vez que haya constancia en actas de la noti.....