PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho JESÚS IGNACIO QUIJADA RINCÓN, inscrito en el inpreabogado N° 169.866, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano JHONNY ENRIQUE GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.297.859.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 310-18 de fecha 22 de mayo de 2018, dictada por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. Se deja constancia que la presente decisión se realizó en atención a lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.