Esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana RODDY MARTINEZ SOBE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-30.008.575; a favor del referido Adolescente. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana RODDY MARTINEZ SOBE, antes identificada, para que acuda ante las autoridades competentes, a realizar los trámites necesarios tendentes a la tramitación y obtención del PASAPORTE que requiere el referido Adolescente. Quedando entendido que la presente no autoriza al Adolescente en referencia a viajar fuera del país.