Por los fundamentos expuestos en líneas pretéritas, este Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
1.- CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, incoara la parte accionante contra el ciudadano accionado Julio Francisco Morales.
2.- SE ORDENA al demandado de autos, cancelar y/o pagar a los demandantes o a quienes sus derechos representen, la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 850.000,oo),