III.- Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus DARIO DE JESÚS ISEA URIBE a los ciudadanos JOYS AZUCENA ISEA DE PATIÑO, MARIO RICARDO ISEA BOHORQUEZ, DARIO GUILLERMO ISEA BOHORQUEZ, ALDEMAR JOSÉ ISEA BOHORQUEZ, GRICELDA GUILLERMINA ISEA DE URRIBARRI, y ANA GRACIELA BOHORQUEZ DE ISEA respectivamente, en su condición de hijos y esposa. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase en original, previa certificación de todas estas actuaciones.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Désele copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho .....