JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, tres (03) de Agosto de 2011. Años 201º y 152º.- Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana LUZ MARIA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 5.105.726 domiciliada en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, debidamente asistida por la abogada en ejercicio NILZA SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 79.905, El Tribunal pasa a resolver el presente asunto. Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que la ciudadana LUZ MARIA MARQUEZ, debidamente asistida por la abogada en ejercicio NILZA SÁNCHEZ, antes identificadas, solicita se les declare suficientes los derechos que tienen los ciudadanos MARIA CHIQUINQUIRA ANDRADE MARQUEZ, HUMAR JOSE ANDRADE MARQUEZ, HUMARY DEL CARMEN.....