PARTE DISPOSITIVA
DECISION OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
a) Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos NELSON ENRIQUE ALMARZA LOPEZ y BEATRIZ CAROLINA AÑEZ ATENCIO, venezolanos mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18.393.622 y V-23.447.191.
b) LA PATRIA POTESTAD del niño ENMANUEL ENRIQUE ALMARZA AÑEZ, será ejercida por ambos progenitores, y la custodia del mismo será ejercida por la madre; ciudadana BEATRIZ CAROLINA AÑEZ ATENCIO, sin embargo, el padre está obligado a mantener vigilancia y el seguimiento hasta el desarrollo integral de su hijos, por concepto de OBLIGACIÓN.....