En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA en el presente juicio de Liquidación de Bienes de la Comunidad Conyugal seguido por GISELA COROMOTO ZABALA VILELA contra HARRY RAFAEL PETIT MENDOZA:
Medida de Embargo Preventivo sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que por el concepto de Prestaciones Sociales e intereses le pudiera corresponder al demandado ciudadano JHARRY RAFAEL PETIT MENDOZA, antes identificado, como trabajador al servicio de la empresa SCHLUMBERGER VENEZUELA S.A., desde el día desde el día cuatro (04) de Agosto del año 1989, hasta el día veintiséis (26) de Noviembre del año 2010, en caso de retiro, despido, jubilación o por la causa que fuere de la mencionada empresa, las cantidades de dinero retenidas deberán ser re.....