DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el profesional del derecho EDINSON RAMON PALMAR TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.478, en su carácter de apoderado judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL ESTACION DE SERVICIO CARIBE C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de febrero de 1992, bajo el No. 41, Too 9-A, en contra la Providencia Administrativa de Nulidad signado con el No. PA-US-Z-154-2014, DE FECHA 20 de mayo de 2014, dictada por la Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores Zulia (DIRESAT) del Instituto Nacional de Prevención, Sa.....