Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por las abogadas INDIRA IVONNE CÁRDENAS y NIVIA MARGARITA RINCÓN RAMÍREZ, en su carácter de Fiscales Auxiliares Interinas de la Sala de Flagrancia adscritas a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del estado Zulia, contra la decisión N° 310-14, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 25 de marzo de 2014.
SEGUNDO: REVOCA la decisión impugnada y en consecuencia se decreta la LIBERTAD PLENA INMEDIATA Y SIN RESTRICCIONES del ciudadano CELIS ENRIQUE PEREIRA, quedando sin efecto las medidas cautelares impuestas, no obstante, el Ministerio Público, como titular de la acción penal, deberá cont.....