Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1º) PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Tercero Opositor Recurrente, ciudadano MARCO GARCIA ADRIANZA, en el juicio que sigue el cidadano ORLANDO GARCIA BARRETO en contra de la Sociedad Mercantil TALLER ME PINTA C.A. 2°) SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE QUE EL JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SME DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ZULIA, ABRA UNA ARTICULACIÓN PROBATORIA EN CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 607 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, POR REMISIÓN EXPRESA DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, a losfines de que las partes promuevan y evacuen las pruebas a que hubiere lugar en esta fase de ejecución,, QUEDANDO ENTENDIDO QUE LAS PRUEBAS SERAN PROVIDENCIADAS POR EL JUEZ DE LA CAUSA, y una vez vencido dicho lapso se pronuncie sobre la procedencia o no de la oposición del tercero en esta causa.