declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos FERNANDO JAVIER ACONCHA ORTIZ y MAIGRET DEL SOCORRO LÓPEZ LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nos. V-13.101.157 y V-19.971.489 respectivamente.-
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que contrajeron por ante el Jefe del Registro Civil de la Parroquia El Rosario, Municipio Rosario de Perija del Estado Zulia, en fecha 28 de mayo de 2005, según se evidencia del acta de matrimonio número 81, expedida por la mencionada autoridad.-