PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto bajo la modalidad de efecto suspensivo, por los ciudadanos JUAN CARLOS RONDÓN MORALES y MILAGROS DEL VALLE CHIRINOS FLORES, en su carácter de Fiscales Auxiliares adscritos a la Sala de Flagrancia del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo; en contra de la Decisión Nro. 0118-20, dictada en fecha 30 de enero de 2020, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: A partir de la fecha de recepción de las actuaciones, comienza a transcurrir el lapso de cuarenta y ocho (48) horas para el dictamen de la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal.