DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por los abogados AMÉRICO RODRÍGUEZ, SAMUEL ACUÑA LARA, NOHENGRY MENDOZA, y AURA GONZÁLEZ, actuando en su carácter de Fiscal Provisorio Trigésimo Quinto a Nivel Nacional con competencia Plena, Fiscal Provisorio Sexagésima Primera a Nivel Nacional con competencia Plena y Fiscal Auxiliar Interino en la Fiscalía Sexagésima Primera del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, y Fiscal Quincuagésimo del Ministerio Público de la Circunscripción del estado Zulia, contra la omisión y negligencia en la cual incurrió la abog ALBA HIDALGO HUGUET, Jueza Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del.....