declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos MAIDELIANA VICTORIA PINEDA PULGAR y EDUAR JESUS BRICEÑO BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-25.189.089 y V-23.260.202 respectivamente, a favor del niño (Se omiten los nombres de los niños, niñas y/o adolescentes por razones de confidencialidad); en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.-
b) En tal sentido: "...El obligado cancelará la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,oo) semanales, los cuales entregará en manos de la progenitora, o en su defecto en manos de los representantes de esta, quienes deberán firmar recibos por dicha entrega, de esta manera con relación a la salud serán costeados medicamentos, consultas y tratamientos médicos por ambos padres en partes iguales cincuenta por ciento (50%) cada uno. Con relación a la educación el obligado asumirá la totalidad de los útiles escolares, aportando la lista completa exigida por l.....