Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Con lugar la solicitud interpuesta por el Abogado Luis Fuentes, en su condición de Defensor Publico Tercero Penal, actuando en representación del acusado EDDY JOSE SUCRE. SEGUNDO: Decreta el decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el acusado EDDY SUCRE, de nacionalidad Venezolana, natural de Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, titular de la cédula de identidad N° V-16.825.404, residenciado en la siguiente dirección: en Calle Paramaconi, Casa N° 10-31, Ciudad Cartón, cerca de la Bodega Totuma, de color azul y blanco, Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular (San Antonio), con fundamento en el pri.....