Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la profesional del derecho abogada ELIZABETH CHIRINOS MOLERO DE CASTILLO, Defensora Pública Segunda (2°) adscrita a la Unidad de la Defensa Pública Penal del Circuito Judicial Penal del estado Zulia , actuando con el carácter de defensora del ciudadano LUIS ALFONSO BOSCAN PACHANO , titular de la cédula de identidad No. V-18.664.223.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 96-2016, de fecha 26.08.2016, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó sin lugar la solicitud presentada por la mencionada profesional del derecho, relacionada con el decaimiento de la Medida de Privación Judicial Prev.....