OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: "...PRIMERO: El padre se compromete a pasarle a su hijo, anteriormente identificado la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00) semanal, lo que sumara un total de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2000,00), mensuales el señor aportara en víveres. SEGUNDO: Un bono de fin de año de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3000) aportados en ropa, calzado, y juguetes y el 50% de los gastos médicos, ropa, calzado, útiles uniformes escolares, deporte y recreación el otro 50% por la señora Farias...". REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: "...TERCERO: El señor Moreno buscará a su hijo en casa de la señora Farias los días viernes a partir de la 01:00p.m., y lo regresará los días domingo a las 04:00p.m., pudiendo llevarla a sitios de recreación y esparcimiento...". En tal virtud, esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, ADMITE la misma por no ser contraria al orden .....