En el caso de autos, observa este Tribunal que efectivamente la parte actora desistió del procedimiento, estando en fase de mediación, antes de la contestación de la demanda; por lo que existe un desinterés de continuar con la presente causa, y visto que se realiza en fase de mediación, la demandada acepta dicho desistimiento; solicitando ambas partes sea homologado y se declare terminada la causa.
DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara:
¿ SE HOMOLOGA, por lo que le atribuye el carácter de cosa juzgada al desistimiento manifestado por la parte actora del procedimiento intentado contra la sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA C.A. Así se decide.
.....