DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos MARIA VICTORIA VILLARREAL G y CARLOS ALBERTO RAMIREZ LOZADA, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 13.099.121 y V.- 11.952.929 respectivamente, la primera de profesión abogado, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 88.513, quien actúa en su propio nombre y asistiendo a su cónyuge, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 28.02.2003 ante la Primera Autoridad Civil d.....