por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el articulo 937 del código de Procedimiento Civil, este tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos, WILLIAM JOSE GUERERE FUENMAYOR, TEODULO GUERERE FUENMAYOR, WOLFANG GUERERE FUENMAYOR, WALTER GUERERE FUENMAYOR, LISBETH GUERERE FUENMAYOR, LENIS GUERERE FUENMAYOR, LISSETTE JOSEFINA GUERERE FUENMAYOR, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nrosº V-5.165.795, V-6.832.273, V-7.785.406, V-7.785.357, V-5.165.794, V-5.853.723 y V-10.409.878,como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante WILMER JOSE GUERERE. ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar solicitud. Expídanse las copias solicitadas. Devuélvanse.-