En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho Abogada Nivia Olivares, actuando en colaboración con la Dra. Elizabeth Chirinos, Defensora Pública Segunda Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, asistiendo al ciudadano Néstor Camilo Aguirre Henao, en contra de la decisión 859-09 de fecha 12.08.2009, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada.
Regístrese, publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, al segundo (02) días del mes de Septiem.....