Primero: Se acuerda la declinatoria de la competencia del presente asunto, correspondiente al ciudadano, ALEXANDER JOSÉ RINCÓN RINCÓN, titular de la cédula de identidad V-12.099.333, de fecha de nacimiento 14-7-1961, hijo de Graciela Rincón y Pedro Rincón, residenciado en la parroquia La Concepción, calle Los Lirios, casa 68 del municipio Jesús Enrique Losada del estado Zulia, al Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto a lo establecido en los artículos 75 y 80 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que, se ordena la remisión de las actuaciones; y se ordena el traslado de dicho ciudadano para el día lunes 4 de agosto de 2014 a las 9:00 am hasta la sede del juzgado natural competente antes mencionado, comisionando para tal fin, a funcionarios adscritos a la Cuarta Compañía del Destacamento de Fronteras 36 del Comando Regional 3 de la Guardia Nacional Bolivariana, así .....