Dispositivo.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR, la apelación formulada por el profesional del derecho WILFREDO GÓMEZ LUGO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana EGDIVIS GARCES RIVERO, parte demandante en el presente juicio; y, por vía de consecuencia,
• Se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 03 de febrero de 2005.
• Se ordena al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, o a quien corresponda decidir, pronunciarse sobre el mérito del asunto controvertido, y cualquier otro q.....