este Tribunal procede a dictar sentencia en forma oral, declarando que una vez analizada la petición del demandante y encontrando que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el mismo y, en tal sentido, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la pretensión intentada, condenándose a la parte demandada al pago de los conceptos y montos reclamados por el demandante:
Ciudadana Nayarlyn del Carmen Carrero: Tiempo de Servicio 2 años y 2 meses. Salario Diario (Bs. 8.603,47) a) Antigüedad, 117 Días: Bs. 1.342.141,32 b) Vacaciones y Bono Vacacional Años 2000-01, 22 Días Bs. 189.276,34 c)Vacaciones y Bono Vacacional Años 2001-02, 24 Días Bs. 206.483,28, d) Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionados, 4,33 Días Bs. 37.281,70, e) Utilidades 2001, 120 Días Bs. 1.032.416,40, f) Utilidades 2002, 120 Días Bs. 1.03.....