DISPOSITIVO
En merito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble propiedad del demandado CARLOS LUIS MORALES, constituido por una parcela de terreno distinguida con el No. 55, y la vivienda unifamiliar tipo A1 sobre ella construida, ubicada en la avenida 3 con calle A de la urbanización o parcelamiento denominado Conjunto Residencial Arenas del Sol, situado al margen Este de la avenida 58 o Circunvalación No. 2, frente a la urbanización Cumbres de Maracaibo, en jurisdicción de la parroquia cacique Mara del municipio Maracaibo del estado Zulia, con una superficie aproximada de ciento noventa metros cuadrados con cuarenta y tres decímetros cuadrados (190,43 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Calle A del parcelamiento, diecinueve metros con un centímet.....