Se INADMITE, la demanda de ACCION RESTITUTORIA, interpuesta por la ciudadana ANA ELOISA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.731.848, y de este domicilio, estando debidamente representada por los profesionales del derecho, abogados en ejercicio, EDILBERTO JOSE NATERA, MAGALYS VILLALBA MARTINEZ, Y CONRADO PEÑALOZA BILGER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Ns° V-8.952.925, V- 5.546.102 y V-8.351.908 respectivamente, en ejercicio e inscritos en el IPSA bajo los N°s 47.548, 46.139 y 135.847 respectivamente, y de este domicilio, interpuesta en contra de los ciudadanos EDWIN DELGADO Y DENNY COROMOTO ANTON DE DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V- 16.312.406 y V- 16.312.567 respectivamente y de este domicilio; por cuanto consta de las actas procesales, que desde la fecha veinticinco (25) de junio de dos mil doce (2.012), la parte interesada, no compareció a la sede de .....