Este Tribunal declara penalmente responsable al adolescente (NOMBRE OMITIDO), antes identificado, por ser culpable, coautor, autor y responsable en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO en calidad de COAUTOR, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con los artículos 455 y 83 del Código Penal y LESIONES INTENCIONALES DE CARÁCTER LEVE, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, ambos cometidos en perjuicio del ciudadano ENDER ENRIQUE CARRASQUERO y Buscando una sanción que sea idónea y proporcional al hecho cometido, quedando demostrada la responsabilidad del adolescente antes mencionado, con la admisión de los hechos que le fueron imputados en la acusación debidamente admitida por este Tribunal, tomando en cuenta las pautas establecidas en el articulo 622 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se le impone la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD, POR EL LAPSO DOS (02) AÑOS, siendo esta la sanción peticionada por la Vindicta Publi.....