- III -
- DISPOSITIVA -
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, propuesta por los ciudadanos MILCIADES DE JESÚS MONTIEL y CARMEN GRISELDA REVEROL, ambos ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual habían contraído el día 20 de Enero de 1967, por ante el Extinto Juzgado del Municipio Luís de Vicente, Distrito Mara del Estado Zulia, anotada bajo el Acta N° 1.
El Tribunal deja expresa constancia el hecho manifestado por los solicitantes, que no procrearon hijos, ni adquirieron bienes.
Publíquese y regístrese.
Por cuanto el libro de Registro Civil para Matrimonios que llevó el extinto Juzgado del Municipio Luís de Vicente del Estado Zulia, durante el año 1.967, se encuentra e.....