PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN, en contra de la acusada MARITZA ELENA MONTIEL por la comisión del delito de OBTENCIÓN ILEGAL DE LUCRO, previsto y sancionado en el artículo 72 de la Ley Contra la Corrupción, en concordancia con las disposiciones del Decreto 4948 promulgado en gaceta oficial N° 38.552 de fecha 30-10-2006 sobre la Comercialización de Productos de la Red de Alimentos Mercal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBAS, en la causa seguida la acusada MARITZA ELENA MONTIEL por la comisión del delito de OBTENCIÓN ILEGAL DE LUCRO, previsto y sancionado en el artículo 72 de la Ley Contra la Corrupción, en concordancia con las disposiciones del Decreto 4948 promulgado en gaceta oficial N° 38.552 de fecha 30-10-2006 sobre la Comercialización de Productos de la Red de Alimentos Mercal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. TERCERO: ADMITE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES, en la causa seguida en la causa seguida la acusada MARITZA ELENA MONTIEL C.....