En el día hábil de hoy,2 de Julio de 2008, siendo las 11:51 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana MAIBELYN FONSECA en su carácter de parte actora asistida por la apoderada judicial abogada Ana Rodríguez y TOP TOP, C.A. en su carácter de parte demandada, representada por el apoderado judicial apoderado judicial abogado Alirio Alfonso Páez Molina, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará a la demandante el día 11/07/08 en la sede del Tribunal la cantidad de mil cuatrocientos bolívares (Bs.F. 1.400,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.