En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA de conformidad con los argumentos antes explanados, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el Juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, fue incoado por el Abogado en ejercicio MARIO PINEDA RÍOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-7.894.605, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.533, número telefónico 0414-6196855 y 0414-6629113, correos electrónicos mcbolegal@gmail.com y lawsuit6@hotmail.com, en contra del ciudadano JUAN CARLOS RUIZ SUAREZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. E-82.009.336, números telefónicos 0414-0379302 y 0414-0379306, correos electrónicos jruizgaleria@me.com y info@juanruizgallery.com, DECLARA:
PRIMERO: SE ORDENA LA REPOSICIÓN de la presente causa al estado de ce.....