Por las razones antes expuestas, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto en fecha 30 de marzo de 2016, por el abogado el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el abogado Ivan Darío Rivas Gutiérrez, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.278, en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana DARLINDA NÁTHALY VÁSQUEZ QUINTERO, titular de la cédula N° V- 12.352.430, contra la sentencia dictada en fecha 1 de marzo de 2016, por parte del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, que declaró sin lugar recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el abogado Iván Darío Rivas Gutiérrez, en su carácter de apoderado Judicial.....