1. FIJAR UN RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR PROVISIONAL SUPERVISADO a favor de los ciudadanos José Gregorio Palencia y Libia del Carmen Marín, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad No. V-12.870.536 y V-12.621.825, respectivamente, y de sus hijos, el adolescente y los niños(identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), de 12, 6, 5 y 3 años de edad, respectivamente; que se desarrollará de forma progresiva y se ejecutará en la sede de la Biblioteca Pública del estado Zulia, bajo la supervisión del Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial; de la siguiente forma:
• Durante el mes de marzo de 2017, todos los días miércoles, el adolescente y los niños(identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), de 12, 6, 5 y 3 años de edad, compartirán con su madre, la ciudadana Libia del Carmen Marín, y ésta con ellos, en el horario comprendido entre las 11:30 a.m. y las 12:30 m. sin la presencia del progenitor en el lugar o punto de encuentro.
• Durante el mes.....