PRIMERO: CONSUMADO el acto procesal de Desistimiento de la Acción, realizado por la Sociedad Mercantil Transporte Ochoa C.A., en su carácter de Parte Accionante y representada por el ciudadano EVANAAN RICARDO OCHOA PETIT, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 7.757.471, en su carácter de Administrador General de la Sociedad Mercantil Transporte Ochoa C.A., con la asistencia de la profesional del derecho NELLY TREJO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 131.154 por intermedio de su Apoderada Judicial NELLY TREJO, , en consecuencia, se HOMOLOGA el presente DESISTIMIENTO, ordenándose devolver los documentos solicitados, quedando extinguido el derecho material y la relación procesal, y por último este Juzgado ordena archivar el expediente, dando por terminado el presente juicio.