DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión en Flagrancia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD ALEXIS JOSE SANCHEZ CARACHE, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 26/06/1983, de estado civil soltero, de profesión u oficio otros, titular de la cedula de identidad Nº 17.332.210, hijo de los ciudadanos ALEXIS SANCHEZ Y NOLLI CARACHE, residenciado en Zona Industrial segunda etapa calle 158 av. Buena Fe D-19 San Francisco Zulia,por la comisión de los delitos de : VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los Artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre .....