Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por el ciudadano JUAN PASTOR MANEIRO CERRUDO en contra del ciudadano REINALDO JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales. En consecuencia, se condena a la parte demandada:
PRIMERO: A la resolución del contrato de arrendamiento autenticado ante la Notaría Pública Novena de Maracaibo del Estado Zulia, bajo el N° 40, tomo 136, celebrado por las partes sobre un inmueble, constituido por un (1) apartamento y su puesto de estacionamiento, signado con el número 4, ubicado en la planta alta del Edificio JUPAMA, situado al margen de la avenida la Limpia,.....