DISPOSITIVA
POR LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO ANTERIORMENTE EXPUESTOS, ESTE TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar, la demanda que por Resolución de Contrato y Cobro de Bolívares intentó la sociedad mercantil MERCADO LA FACILIDAD, C.A. en contra del ciudadano CÁNDIDO ENRIQUE MOLERO ECHEVERRÍA.
En consecuencia, se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado en fecha 6/06/2003 ante la Notaría Pública Octava de Maracaibo, anotado bajo el numero 92, tomo 31 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría.
SEGUNDO: Se ordena al ciudadano CÁNDIDO ENRIQUE MOLERO ECHEVERRÍA, hacer entrega a la sociedad mercantil MERCADO LA FACILIDAD, C.A., del local comercial distinguido con el número 03 que f.....