en consecuencia dicta AUTO PARA MEJOR PROVEER y ordena ratificar en su totalidad el contenido del Oficio dirigido al Departamento de Recursos Humanos de la Compañía C.V.G. PROFORCA, ubicada en la Uverito, Municipio Libertador del Estado Monagas, antes mencionada, así como también se le solicite remitir a este Despacho, con la mayor brevedad posible, Constancia de Trabajo actualizada del Demandado, ciudadano RIDEL FIDEL MEJÍAS GIL, con indicación del sueldo mensual global, asignaciones y cualquier otro beneficio que el mismo perciba, haciendo mención en dicho oficio de los artículos 270, 379 y 380 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.-
Para la evacuación de la diligencia antes acordada, se concede un lapso de cinco (5) días de Despacho, esto en virtud de encontrarse la sede de dicha compañía en el Municipio Libertador del Estado Monagas. Líbrese el Oficio correspondiente.