declara:
¿ APROBADO Y HOMOLOGADO: El Convenio celebrado entre los ciudadanos LEONARDO ANTONIO DELGADO GUARECUCO y MARILIN ANDREA FINOL FINOL, asistidos por los abogados MARISEL SANQUIZ RODRÍGUEZ y SORENYS MAROL, respectivamente, actuando con el carácter de Defensoras Públicas, en beneficio del niño (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
¿ En relación a la obligación de manutención, el progenitor se compromete a cancelar la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1000,00) MENSUAL a razón de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 250,00) SEMANALES, en una cuenta de ahorro para ser depositados en el Banco Provincial, que la progenitora aperturará e informará oportunamente al Tribunal.
¿ En relación a la Salud: SANIPEZ, Clínica José Muñoz, Hospitalización, Cirugía, Emergencia y Consultas serán cubiertos por el papá.
¿ En relación a los medicamentos, el progenitor se .....