Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión en flagrancia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado: JOEL ENRIQUE OCHOA VISCAINO, de nacionalidad venezolana, natural del Municipio San Francisco, fecha de nacimiento 27/02/1985, de estado civil Concubino, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V-.17.738.827, hijo de los ciudadanos LESBIA VISCAINO y de JOEL OCHOA, con residencia en Los Cortijos, Barrio Andrés Bello, Casa 49H-1-106 calle 217, Municipio San Francisco, Estado Zulia, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en lo.....