En consecuencia, por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara en el juicio de DIVORCIO seguido por MANUEL JOSE SALAZAR contra ANA JULIA DUGARTE:
1.-) MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre:
-1) el Inmueble situado en la Av. 31, signado con el No. 359 de la nomenclatura urbana, sector las cinco bocas, jurisdicción del municipio Cabimas del estado Zulia, el cual consta de una casa quinta edificada sobre una franja de terreno propiedad que se incluye en dicha venta, con una superficie de setecientos metros cuadrados (700 mts2) comprendida dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: Cuarenta y siete metros con veinticinco centímetros (47,25 cm) linda con propiedad que es o fue de Bartolomé Sánchez, SUR: .....