... este Juzgado Primero en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARAN NULAS todas las actuaciones realizadas con posterioridad al auto de admisión de la demanda de fecha 3-2-2.011, y se repone la presente causa al estado de que se cumpla con lo ordenado en el artículo 507 del Código Civil, relacionado con la publicación del edicto a fin de informar a los terceros que se crean con interés directo y manifiesto sobre el presente proceso, por lo cual se ordena librar el respectivo edicto para que se proceda con su publicación y consignación en el presente expediente en su oportunidad, así como la practica nuevamente de la citación de la parte demandada en su domicilio establecido en autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en constas dada la naturaleza repositoria de la presente decisión.
Por cuanto la presente .....